viernes, 21 de octubre de 2011

Una apuesta por la inclusión

Por María Raffinetti y Carolina Zangoni

Erica Almeida, psicóloga e integrante del Programa Salud Mental del INADI, cuenta los detalles de la Campaña Piloto por el Derecho al Voto de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud Mental.

¿Cómo nació la Campaña y cómo fue evolucionando?
Varias organizaciones, tanto del Estado como de la sociedad civil, veníamos trabajando en torno a la implementación de la Ley Nacional de Salud Mental y al reconocimiento de las personas usuarias de servicios de salud mental como sujetos de derecho, con voz y voto.

Es así que, a partir de su participación en un espacio intergubernamental e intersectorial, llamado Mesa Federal de Salud Mental, Justicia y Derechos Humanos, el INADI propone la posibilidad de hacer una Campaña Piloto. Esta propuesta surge hacia fines de junio, a raíz de un diálogo mantenido entre el INADI y la Dirección Nacional Electoral (DINE) en el marco del GRUTAEL (Grupo de Trabajo sobre Accesibilidad Electoral). Nos pareció fundamental llevar adelante esta experiencia para luego poder proponer nuevas medidas de accesibilidad electoral y, además, otras relacionadas con la implementación de la Ley de Salud Mental y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD). Fueron más de diez organizaciones de la sociedad civil, las que asumieron el impulso de la campaña y nosotros, desde el Estado, brindamos el apoyo técnico.

¿Cuáles son los objetivos del programa?
Si bien el fin de la Campaña es promover el derecho a votar de las personas usuarias de los servicios de salud mental (PUSSAM) y revertir la histórica segregación de este grupo en lo que hace al ejercicio de sus derechos civiles y políticos, esta iniciativa se plantea como experiencia piloto para avanzar en el diseño de un plan nacional que garantice el ejercicio derecho a la participación política de las personas usuarias de los servicios de salud mental. Se inscribe como un paso en la implementación de la Ley Nacional de Salud Mental y de la CDPD, y forma parte de la lucha que las propias personas con discapacidad están conduciendo a nivel global.

¿Por qué no se alcanzaron dimensiones nacionales?
Porque todavía existen diversas barreras sociales que es necesario remover, tanto desde el Estado como desde la comunidad en su conjunto. Se suma que aún muchos trabajadores de la salud mental y miembros de la comunidad no ven a las PUSSAM como ciudadanos. Estamos en proceso para promover y garantizar la participación. Esto va a implicar el diseño de un plan de trabajo a mediano plazo que involucra a la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones, a la Dirección Nacional Electoral, al INADI, a la Secretaria de Derechos Humanos, a la Cámara Nacional Electoral, a las Direcciones de Salud Mental provinciales y a las Cámaras Electorales Provinciales, entre otros actores.

Y, al momento, ¿cuáles son los alcances?
Como parte de la experiencia piloto, participan de manera voluntaria algunos centros de salud mental de la provincia de Buenos Aires, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la provincia de Jujuy. Se invitó a otros centros para que participaran de la iniciativa pero aún no hubo respuesta, como pasó con el Hospital Moyano y el Borda.

Teniendo en cuenta que la experiencia recién se está definiendo, ¿cómo se organizan?
Nos organizamos tomando en consideración las dos instancias previstas para estas elecciones, las primarias (PASO) y las generales. La experiencia involucró planificar el desarrollo de actividades previas, durante y posteriores a los comicios. Primero, redactamos un documento de presentación de la Campaña. Después tuvimos que armar guías sencillas de capacitación sobre el proceso eleccionario dirigidas a los referentes y directores de las instituciones, porque hay muchas personas que se encuentran en centros de salud mental y nunca votaron o no recuerdan el procedimiento. Además, diseñamos talleres sobre el derecho al voto y sobre formación electoral. Durante los días de sufragio, planificamos hacer seguimiento y acompañamiento de la participación de las PUSSAM. Y por último, al menos por ahora, evaluamos lo actuado durante la experiencia para elaborar un informe final con recomendaciones. Todo este trabajo se sostuvo realizando reuniones semanales y organizando comisiones de trabajo como las de capacitación y comunicación.

Y en cuanto a materia legislativa, ¿cuáles fueron los avances en los derechos cívicos de las PUSSAM?
En 2008 Argentina ratificó la CDPD, que establece la obligatoriedad de que los Estados reconozcan la titularidad de derechos y garanticen su ejercicio pleno, en igualdad de condiciones para todas las personas con discapacidad.

En el 2009, se promulga la ley 26.571 que modifica el Código Electoral Nacional y habilita a votar a las personas que se encuentran en centros de internación (excepto las declaradas insanas en juicio) y a las personas sordas imposibilitadas de darse a entender por escrito. Ambos grupos estaban excluidos del padrón electoral hasta la mencionada reforma.

En 2010 también se aprueba la Ley Nacional de Salud Mental…
Sí, la Ley 26.657 parte de la presunción de capacidad de todas las personas e incorpora el art. 152 ter. Establece que todas las sentencias de incapacidad “deberán especificar las funciones y actos que se limitan, procurando que la afectación de la autonomía personal sea la menor posible”. Entonces, una persona declarada incapaz debería poder ejercer el derecho a votar salvo que, expresamente, el juez limite ese ejercicio a través de la sentencia correspondiente.

Un jefe de internación del Borda le dijo a este medio que los internos que tenían acceso al DNI siempre pudieron votar...
Sabemos que hay hospitales monovalentes que siempre promovieron, dentro de sus posibilidades, la participación de las personas usuarias en los comicios. Los requisitos para poder votar son que la persona tenga su DNI, que esté empadronada y que no haya sido declarada insana en juicio. Antes de la reforma de 2009 las personas que estaban internadas en centros de salud mental quedaban automáticamente excluidas del padrón electoral por ese solo hecho.

Tenemos por delante un importante trabajo para garantizar que las personas que se encuentran en centros de salud mental cuenten con sus DNI y se revise su situación judicial. Aún son muy pocas las que efectivamente pueden votar.

¿Cómo cuáles?
Entre ellas podemos mencionar que muchas de las personas que se encuentran en centros de salud mental no tienen DNI o no se tiene información sobre su identidad y figuran como NN, o no figuran en el padrón electoral. Como consecuencia de los años de internación, otras perdieron el interés en la participación política o requieren capacitación. Y si fueron declaradas insanas, es necesario revisar su situación. Otra dificultad es que muchas personas internadas viven lejos de sus locales de votación, los principales hospitales monovalentes están en la provincia de Buenos Aires y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ejemplo, una mujer no fue a votar porque planteó que el viaje era muy largo desde su centro de internación. Salir de la lógica que supone que uno es un objeto (donde un tercero toma las decisiones por uno) y pasar a considerarse un sujeto con derechos y con deberes no es fácil y demandará un largo proceso de trabajo.

¿Cómo se podría interpretar la suma de todos estos cambios a nivel estructural?
Estamos comenzando a dejar atrás un modelo manicomial en salud mental, en el que las personas eran concebidas como objetos de tutela y protección y se les negaba su capacidad para tomar decisiones e insertarse en la comunidad, y estamos avanzando hacia un modelo comunitario. Aún en muchas instituciones sigue vigente la visión que sostiene que las personas internadas no pueden votar. De ahí que algunos centros no hayan contemplado esta actividad o no hayan contado con los recursos que se requerían. Estamos en un momento de cambio de paradigma que ayuda a derribar barreras sociales en el acceso al ejercicio de derechos.

¿Qué implica ese cambio de paradigma?
Queremos dejar atrás una sociedad en la que las personas que no encajaban en cierta definición hegemónica de identidad, no podía ser parte. Desde el INADI sostenemos que el estigma social de la "locura" es una construcción colectiva que no define lo que una persona es. Nos habla solamente de un acontecimiento transitorio que afecta parcialmente la vida. Con el apoyo necesario esa misma persona puede llevar adelante su vida y ejercer su derecho a trabajar, casarse, votar, tener hijos o lo que ella misma considere lo mejor para sí misma.

Una votación de locos, por María Alejandra Raffinetti y Carolina Zangoni

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